COGESTION DE SALUDEntiéndase por cogestión en salud, a las acciones que desarrolle la comunidad para el bienestar de la salud de la población en un territorio definido, y que implique su participación en los
Los puestos y centros de salud que participan de la cogestión, forman parte de la red de servicios de salud y están sujetos al sistema de referencia y contrarreferencia, permitiendo la complementariedad de los servicios, de acuerdo a la complejidad y naturaleza del problema. La organización en redes de establecimientos administrados por las CLAS se define conforme a lo establecido en el reglamento de la presente Ley. Las Comunidades Locales de Administración de Salud – CLAS, deben administrar un máximo de cinco (5) establecimientos de Salud, a través de sus coordinadores. De ser necesario, el Ministerio de Salud, el gobierno regional y el gobierno local promoverán la creación de nuevas Comunidades Locales de Administración de Salud – CLAS. Participación ciudadana localA instancias del Gobierno Nacional, regional y local, los órganos de cogestión establecen mecanismos adecuados y espacios para promover la participación de los ciudadanos, agentes comunitarios de salud y de las organizaciones comunitarias en la planificación, gestión, evaluación y control social de las actividades de la salud y la gestión de los recursos. Responsabilidad sanitariaLos gobiernos regionales, locales y los órganos de cogestión son responsables del estricto cumplimiento de las normas técnicas emitidas por el Ministerio de Salud en cuanto a las regulaciones sanitarias. El incumplimiento genera las sanciones correspondientes.Plan de Salud LocalEl Plan de Salud Local es un documento de gestión participativa y concertada con vigencia anual, y su proceso de elaboración es conducido por el órgano de cogestión y los jefes de los establecimientos de salud, de conformidad con las normas técnicas del Ministerio de Salud.El Plan de Salud Local orienta las intervenciones sanitarias hacia la solución de las necesidades de salud locales priorizadas y se vincula con los Planes Concertados de Desarrollo Local, así como con la Política Nacional de Salud , involucrando intervenciones comunitarias de prevención, promoción, recuperación y rehabilitación de la salud.
Ley de cogestion
servicios públicos como su acción sobre los determinantes de la salud y en la toma de
decisiones conjuntas respecto de las prioridades de políticas e intervenciones en salud
vinculadas al cuidado de esta y de los recursos; y la mplementación de mecanismos de
rendición de cuentas y vigilancia ciudadana de las acciones, adoptando las formas
convencionales que las partes acuerden.El Estado, a través del Ministerio de Salud, de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales, promueve la conformación, la extensión y el fortalecimiento de las Comunidades Locales de Administración de Salud – CLAS, y otras formas de cogestión que pudieran generarse, reconocidos por la Autoridad Sanitaria Regional, garantizando la simplificación administrativa.
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ATENCIÓN
INTEGRAL DE SALUD:
Sis Oficial
Provisión continúa y con calidad de
una atención orientada hacia la promoción, prevención, recuperación y
rehabilitación en salud, con la inducción de diversas estrategias. Estas
prácticas buscan garantizar la integralidad de la atención de salud, como
respuesta a las necesidades de salud de las personas, las familias, las
comunidades y el entorno. En cada caso tomando en cuenta la
multidimensionalidad, complejidad y diversidad de los procesos de
salud-enfermedad, concibiendo a la persona en su condición biológica,
psicológica, social y ecológico-cultural.
Otro aspecto relevante que asegura la
integralidad es la continuidad de la atención de salud en relación a la
complejidad y severidad del daño o necesidad de salud. De allí la opción de
organizar el aparato proveedor en base a Redes de Servicios de Salud, haciendo
hincapié en sus aspectos vinculantes, en la necesidad de construir confianza
base para la cooperación y complementación entre los diferentes actores y
niveles del sistema.
NECESIDADES DE SALUD:
“Son el conjunto de requerimientos, de
carácter biológico, psicológico, social y ambiental que tienen las personas,
familia y comunidad para mantener, recuperar y mejorar su salud, así como
alcanzar una condición saludable deseable”
DEFINICIÓN DE PAQUETE DE ATENCIÓN
INTEGRAL:
Conjunto de atenciones costo-efectivas
financiadas total o parcialmente por el sistema público (MINSA) y garantizadas
para las personas de menores ingresos económicos. Es una herramienta operativa
que va a permitir racionalizar la asignación de recursos y mejorar los
resultados sanitarios del sistema de salud.
CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN PARA UN
PAQUETE BÁSICO DE ATENCIÓN INTEGRAL POR ETAPAS DE VIDA
1. Las necesidades de las personas en
cada etapa de vida
2. Los objetivos de las políticas de
salud
3. La morbi mortalidad registrada por
etapa de vida
4.
Las características de los servicios de salud que las van a brindar.
CONSTRUCCIÓN DE LOS PAQUETES DE
ATENCIÓN INTEGRAL:
Los Paquetes de Atención Integral de Salud representan un
conjunto de
actividades de promoción de la salud, prevención de la
enfermedad,
recuperación y rehabilitación de la salud, que
movilizando recursos de manera
articulada generan respuestas a las necesidades de salud
de la población.
Estos programas definen los contenidos de la oferta de
atención integral a la
persona y familia en función de sus necesidades de salud
en cada etapa de la
vida. Ellos norman procesos, definiendo las
intervenciones necesarias para que
una persona se considere protegida en salud,
contribuyendo así a obtener
personas, familias y comunidades saludables.
El conjunto articulado de cuidados esenciales que
requiere la persona para
satisfacer sus necesidades de salud, brindados por el
personal de Salud, familia,
la propia persona (autocuidado) y los agentes
comunitarios y otros actores
sociales de la comunidad, constituye el PAQUETE DE
ATENCIÓN INTEGRAL DE
SALUD.
COMPONENTES DEL PAQUETE DE ATENCIÓN
INTEGRAL:
Las necesidades de salud para los Programas de Atención
Integral de salud por Etapas de la vida son de varios tipos, así tenemos:
1. ACCIONES DE PROMOCIÓN DE LA SALUD: son aquellas
cuya satisfacción permite a las personas, familia y comunidad, desarrollar por
completo su potencial humano, permitiendo su plena inserción social y la
satisfacción de las otras necesidades de salud. Considera:
Aspectos de desarrollo personal
Aspectos de funcionalidad familiar
Aspectos orientados a reforzar el
funcionamiento.
2. ACCIONES DE PREVENCIÓN DE LA SALUD: son
aquellas que, cuando se satisfacen, permiten preservar la situación de salud
(bio-psico-social), y vivir en armonía con el ambiente que nos rodea,
potenciando los factores protectores y detectando y evitando los factores de
riesgo asociados a daños a la salud integral.
Se dividen en:
Aspectos orientados a potenciar factores
protectores y abordar factores de riesgo de carácter físico, psicosocial,
ambiental.
3. ATENCIÓN RECUPERATIVA: Son aquellas que surgen
cuando la persona, familia o comunidad presenta una alteración física,
emocional o social (enfermedad, malestar, trastorno, injuria, trauma, etc.) que
no le permiten disfrutar una vida saludable.
Problemas agudos que no son emergencias
Problemas agudos que son emergencias
Problemas crónicos